
Una murciana estudiante de historia podría enfrentarse a una condena de 2 años de cárcel en el denominado caso Carrero Blanco. El delito: publicar por Twitter chistes pesados sobre la muerte del dictador franquista Luis Carrero Blanco. Él político fue asesinado en un atentado terrorista perpetrado por el grupo ETA en 1973, por lo cual se le entiende como una víctima del terrorismo. El derecho penal español tipifica este tipo de hechos como un delito.
Juan Moreno – abogado que defendió al conocido humorista Facu Dìaz por la divulgación de videos humorísticos – cree que de concretarse las condenas solicitadas por el fiscal, las mismas serían «absolutamente desproporcionadas». Una decisión tan rigurosa pondría en entredicho el respeto a la libertad de expresión en el país.
Según el artículo 578 de nuestro Código Penal, enaltecer y justificar públicamente actos terroristas es un delito. Según el apartado 2 de esta disposición, hacerlo mediante la difusión de servicios o contenidos accesibles al público a través de medios de comunicación o internet, implica automáticamente una aplicación más rigurosa de la pena.Contacta hoy mismo y te ayudaremos a encontrar la mejor solución.