

Antes del año 2005, el marco legislativo en España establecía que la infidelidad podría ser causa para solicitar el divorcio. Se hablaba de dos figuras; la primera relacionada al adulterio y la segunda al amancebamiento. Cada uno tenía mínimas diferencias. Sin embargo, ambas eran causantes de proceder a una separación de cuerpo y bienes.
Sí. De hecho, la pensión compensatoria se puede solicitar siempre que una de las partes quede desprotegida desde el punto de vista económico. Esta pensión no tiene nada que ver con el comportamiento emocional en la pareja.Contacta hoy mismo y te ayudaremos a encontrar la mejor solución.