
Muchos de nosotros, hemos tenido, o tenemos que lidiar frecuentemente, con ciertos vecinos molestos; vecinos que generan ruidos demasiado elevados, basura que se sale del perímetro indicado y varios desperfectos e inconvenientes más, así como vecinos morosos que dejan deudas en la comunidad de vecinos. En el día de hoy, te traemos una serie de consejos útiles, para que puedas lidiar de manera precavida y precisa con este tipo de inconvenientes sociales.
El artículo 9 de la Ley de Propiedad Horizontal, nos dice que son obligaciones del propietario “respetar las instalaciones generales de la comunidad y demás elementos comunes, ya sean de uso general o privativo de cualquiera de los propietarios, estén o no incluidos en su piso o local, haciendo un uso adecuado de los mismos y evitando en todo momento que se causen daños o desperfectos”.
Si está permitido el hecho de situar cámaras de seguridad en espacios comunes como lo pueden ser patios, garajes, jardines y también escaleras. Lo que no se permite, es enfocar alguna de estas cámaras hacia la parte interior de la residencia de algún vecino. La Ley de Propiedad Horizontal también interviene en estos aspectos, aclarando en su artículo 17.1, que es posible el establecimiento de un sistema de vigilancia, siempre y cuando siga la siguiente orden: “requerirá el voto favorable de las tres quintas partes del total de los propietarios que, a su vez, representen las tres quintas partes de las cuotas de participación”.
El artículo 9 de la Ley de Propiedad Horizontal, deja bien en claro, que son obligaciones del propietario “respetar las instalaciones generales de la comunidad y demás elementos comunes, ya sean de uso general o privativo de cualquiera de los propietarios, estén o no incluidos en su piso o local, haciendo un uso adecuado de los mismos y evitando en todo momento que se causen daños o desperfectos”.Contacta hoy mismo y te ayudaremos a encontrar la mejor solución.