La mayor parte de las personas están convencidas de que al fallecer un familiar, sus herederos tienen de forma automática el derecho para disponer sobre el patrimonio del fallecido.
Pues bien, esto está muy alejado de la realidad. Cuando una persona muere, su herencia pasa por una etapa en la cual se la considera “herencia yacente”. Veamos a continuación qué significado tiene este término, y todos lo que abarca.
Al morir una persona, su herencia atraviesa por un proceso en el cual se lleva a cabo la realización de ciertos trámites, los cuales permitirán posteriormente repartir de manera correcta los patrimonios del fallecido entre los herederos adjudicados. Este proceso, desde que la persona muere hasta que su patrimonio pasa a estar en manos de sus herederos, es denominado “herencia yacente”.
¿Qué es la herencia yacente?
Como lo mencionamos anteriormente, la herencia yacente es la etapa en la cual los patrimonios de una persona fallecida aún no son adjudicados de manera definitiva a sus herederos. En esta situación provisional, los herederos no podrán ejercer derecho alguno sobre los bienes heredados por parte del fallecido, ni tan siquiera realizar cualquier tipo de movimiento en las cuentas bancarias de dicha persona.
De hecho, en la mayoría de los casos, las entidades bancarias que son conscientes de que determinado cliente ha fallecido, suelen bloquear sus cuentas hasta que los herederos presenten una copia de la escritura que verifique la aceptación de la herencia. Existen también algunos casos en los que determinados bancos acceden a dejar manipular las cuentas del ya fallecido por parte de los herederos de este, con tan solo la presentación de una copia del testamento o de la declaración de heredero.
Como habrás podido notar, el proceso de herencia yacente suele representar en determinados casos un gran problema, particularmente cuando los herederos necesitan de manera inmediata disponer de cierto efectivo perteneciente al fallecido, para costear el funeral y demás cuestiones relacionadas con este por ejemplo.
También esta situación representa un gran problema, teniendo en cuenta que los herederos no podrán ejercer movimiento alguno en las cuentas bancarias del fallecido, pero si deberán de hacerle frente al impuesto de sucesión, que suele ser bastante elevado y pudiese ser saldado con los saldos bancarios de manera rápida y sin mayores inconvenientes.
¿Por qué puede producirse la herencia yacente?
En primera instancia, es necesario aclarar que toda herencia pasa por la etapa de “herencia yacente”. Lo que varía dependiendo del caso, es el tiempo de prolongamiento que este proceso dure, debido a determinados detalles, como lo puede ser por ejemplo la indecisión por parte de los herederos para ponerse de acuerdo con el reparto y la aceptación de la herencia.
Sin embargo, la etapa de herencia yacente no solo puede verse prolongada por culpa de los herederos directos, sino que también existen cuestiones que involucran por ejemplo a los testadores, las cuales también podrán hacer demorar la adjudicación de dicha herencia. A continuación te mostramos algunos casos que reflejan este tipo de situaciones:
-
Si el heredero es un no nacido, (y particularmente si la mujer viuda se encontraba embarazada en el momento de su fallecimiento).
En este caso, cabe aclarar que mientras no se haya producido el parto, y por tanto el bebé no sea considerado persona jurídica, la partición hereditaria no podrá llevarse a cabo.
-
Si el heredero ha sido nombrado en testamento bajo condición suspensiva.
Eso sucede por ejemplo en el caso de que el testador ponga como condición, que su heredero recibirá la herencia si y solo si consigue cumplir en determinado tiempo con determinado acuerdo (como por ejemplo, finalizar una carrera universitaria en cinco años).
Si el heredero no es capaz de cumplir con el acuerdo en el tiempo establecido por el testador, la herencia nunca le será concedida.
En este tipo de casos, los bienes que le corresponderían al heredero “condicional”, le serán adjudicados a otro heredero no condicional, hasta que el primero logre cumplir con la condición exigida para la adjudicación de la herencia.
-
Si el heredero se reserva el derecho de decidir si acepta o no la herencia, tras haber realizado el inventario del patrimonio del fallecido (derecho de deliberar).
Estas situaciones suelen darse por ejemplo en el caso de que se nombre a determinada persona como heredera de determinada herencia, la cual arrastre consigo ciertas deudas, las cuales puedan llegar a superar incluso las ganancias que quedarían de dicha herencia. La persona podrá recurrir a su derecho de deliberación en el momento de realizarse el inventario de la herencia.
-
Si la herencia es adjudicada a personas de identidad incierta, pero que finalmente se logran identificar (como por ejemplo en casos de confusiones de apellidos).
-
Si se declara el concurso de acreedores de la herencia.




