
Así lo ha decidido el Tribunal de Justicia de la Unión Europea el miércoles 21 de diciembre del 2016. Los bancos españoles deberán devolver la totalidad del dinero cobrado a sus clientes por concepto de las cláusulas de suelo. El fallo desautoriza lo dispuesto anteriormente por el Tribunal Supremo de España.
En Loronoabogados.com te habíamos explicado que las clausulas suelo eran estipulaciones que los bancos incluían en los contratos hipotecarios, con la finalidad de acordar limites en las bajadas de los intereses. Estas podían ser colocadas inclusive a última hora y le evitaban perdidas monetarias a la banca española.
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